Recursos para Inmigrantes Indocumentados

Recursos para Inmigrantes Indocumentados

Familias de Estatus Mixto y Ciudadanos Indocumentados

Esta guía es para las familias de estatus mixto y ciudadanos indocumentados. Contiene información sobre cómo solicitar cobertura, preguntas frecuentes, dónde encontrar asistencia y qué recursos están disponibles.

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Recursos de Inmigración en Nevada:

Si tiene alguna duda, puede comunicarse al Servicio de Información y Referencia de la Barra de Abogados (State Bar of Nevada) del Estado de Nevada al 702-382-0504 o, si lo prefiere, llame de forma gratuita desde Nevada al 1-800-789-5747.

En la oficina principal del Barra de Abogados (State Bar of Nevada) del Estado de Nevada pueden informarle si un abogado tiene o no licencia en el estado y si está en regla. Para obtener más información, lea el folleto completo.

Clínica de Inmigración de UNLV:

La Clínica de Inmigración de UNLV es líder comunitario en la protección de niños y familias en Nevada, ofrece a los estudiantes de derecho experiencia en el mundo real al brindar defensa gratuita contra la deportación. Incluye el Programa Bernstein Children ‘s Rights, que defiende a los niños no acompañados que huyen de la violencia.

Todos los servicios legales proporcionados a través de la clínica son gratuitos. Recursos adicionales: https://law.unlv.edu/clinics/immigration/resources

Número de teléfono: (702) 895-2080
Fax: (702) 895-2081
Dirección Postal
UNLV Immigration Clinic
Thomas & Mack Legal Clinic
P.O. Box 71075
Las Vegas, NV 89170-1075

Oficinas principales de la Barra de Abogados (State Bar of Nevada) del Estado:
Oficina de Las Vegas:
3100 W. Charleston Blvd., Suite 100 Las Vegas, NV 89104
Teléfono: 702-382-2200 or línea gratuita: 1-800-254-2797

Oficina de Reno:
9456 Double R Blvd., Suite B Reno, NV 89521
Teléfono: 775-329-4100 Fax: 775-329-0522

Oficinas para nuevos Estadounidenses (ONA):

555 E. Washington Avenue, Suite #5600
Las Vegas, Nevada 89101
Teléfono: (702) 486-0800
Correo electrónico: ONAInfo@ona.nv.gov

Más recursos en Nevada:  Para encontrar el localizador de oficinas de Nevada, ingrese al sitio web de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos.

Centro de contacto de USCIS

Marque sin costo alguno al: 800-375-5283. Para personas sordas, con dificultades auditivas o del habla, marque al: TTY 800-767-1833.

Comprendiendo la Norma Final de la Carga Pública 

¿Qué es la Carga Pública?

Tal como lo define el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), una “carga pública” se refiere a una persona que es probable que dependa principalmente del gobierno para su apoyo. La norma final entró en vigencia el 15 de octubre de 2019 y solo se aplica a las solicitudes y peticiones selladas del DHS (o, si corresponde, enviadas electrónicamente) a partir del 15 de octubre de 2019. Las solicitudes y peticiones del DHS selladas antes del 15 de octubre de 2019 se adjudicará bajo la política previa, la Guía de Campo provisional de 1999.

  • “Carga pública” es un término utilizado en la ley de inmigración durante más de 100 años para identificar a una persona que probablemente en el futuro se vuelva dependiente de los programas de beneficios públicos.
  • Ser considerado una carga pública puede resultar en la denegación de una solicitud de tarjeta de residencia legal permanente o entrada a los Estados Unidos.
  • Al determinar si es probable que una persona se convierta en una carga pública, el gobierno federal analiza una variedad de factores que incluyen la edad, salud, ingresos, tamaño de la familia, asistencia pública recibida y nivel educativo.

ALERTA: Los jueces ante los tribunales de distrito de los Estados Unidos ordenaron que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) no puede implementar y hacer cumplir la norma final sobre el motivo de inadmisibilidad de la carga pública, en virtud de la sección 212 (a) (4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Las órdenes judiciales también posponen la fecha de vigencia de los cambios propuestos hasta que haya una resolución final en los casos. La mayoría de las órdenes judiciales son a nivel nacional y evitan que USCIS implemente los cambios en cualquier parte de los Estados Unidos.

ALERTA: USCIS invita a todas las personas con síntomas que se asemejan al coronavirus (COVID-19) (fiebre, tos y dificultad para respirar) a buscar el tratamiento médico o los servicios preventivos necesarios. Dicho tratamiento o servicios NO afectarán negativamente a ningún extranjero como parte de un futuro análisis de carga pública. Las reglas de carga pública no restringen el acceso a pruebas, exámenes de detección o tratamiento de enfermedades transmisibles, incluido el COVID-19. Además, los cambios no restringen el acceso a vacunas para niños o adultos que permiten prevenir enfermedades prevenibles mediante la vacunación.  Lea más en el sitio web de USCIS.

Preguntas Frecuentes sobre Carga Pública

Pregunta: Si aplico para Marketplace, Medicaid y/o CHIP, ¿eso no pondrá en peligro mi estatus de solicitud de ciudadano o el de algún miembro de mi familia?
Respuesta: No, no tendrá ningún efecto sobre usted o cualquier miembro de su familia que esté en proceso de solicitar la ciudadanía Estadounidense. No afecta a aquellos en su familia que son ciudadanos Estadounidenses, solicitantes de ciudadanía, residentes permanentes legales, aquellos con un permiso de residencia, personas que solicitan un permiso de residencia o renovación de DACA y/o aquellos que solicitan asilo o estatus de refugiado. La única excepción es si Medicaid se utiliza para cubrir el cuidado institucional a largo plazo. 

Pregunta: Escuché que si aplico, podría poner en peligro el estatus migratorio de otros miembros de mi familia.
Respuesta: No, solicitar un seguro de salud a través de Marketplace, Healthcare.gov o Medicaid y CHIP no pone en peligro su estatus migratorio ni el de sus familiares. Toda la información en la solicitud, personal y de otro tipo, se mantendrá estrictamente confidencial.

Pregunta: Escuché que aplicar a programas de seguro médico del gobierno es cada vez más complicado para los inmigrantes.
Respuesta: Las reglas de Carga Pública de 2019 ya no están vigentes. El gobierno federal estableció cambios mucho más razonables que no penalizan a las personas, por usar la mayoría de los beneficios públicos. Los inmigrantes elegibles y sus familias pueden inscribirse en un seguro de salud gratuito o de bajo costo sin preocuparse por el impacto en el estado migratorio de la familia.
Sin embargo, es una excepción cuando Medicaid se usa para cubrir una atención a largo plazo,  y sí, consideran como un gasto del gobierno que los no ciudadanos reciban atención institucional a largo plazo, como estadías en hogares de ancianos o instituciones de salud mental.

Pregunta: ¿No debería esperar para presentar la aplicación hasta que me convierta en ciudadano?
Respuesta: No hay necesidad de esperar, así que aplique hoy. Si necesita un seguro médico, los inmigrantes elegibles y sus familias pueden inscribirse para un seguro médico gratuito o de bajo costo sin preocuparse por el impacto en el estado migratorio de su familia o en el proceso de ciudadanía y permiso de residencia.

Pregunta: ¿Qué documentos necesito para solicitar un seguro médico a través del Marketplace, Medicaid y/o CHIP?
Respuesta:

  • Los ingresos tributables de su cónyuge y suyos.
  • Números de Seguro Social y fechas de nacimiento de las personas en su hogar.
  • Información de seguro médico actual o reciente.
  • Y si tiene seguro, para todos los miembros del hogar con seguro médico, proporcione el nombre del seguro de salud, el número de póliza o grupo, el tipo de cobertura, la fecha de vigencia, el nombre y la identificación del titular de la póliza. 
  • Información de identidad y ciudadanía, o información de registro de extranjeros.
  • Información de ingresos, incluido el nombre del empleador, la dirección y el número de teléfono de todos los miembros del hogar que están empleados.
  • Cantidad de dinero recibido de otros tipos de ingresos.

Últimas Noticias

27 de enero de 2020: La Corte Suprema permite que la administración Trump proceda con las reglas de inmigración

12 de agosto de 2019: Trump negará tarjetas de residencia a inmigrantes que reciben beneficios públicos

11 de octubre de 2019: Un juez bloqueó el plan de Trump para negar tarjetas de residencia a inmigrantes que usan beneficios públicos (BuzzfeedNews.com)

Beneficios de salud NO incluidos en los Norma Final 

  • Las reglas de elegibilidad para los programas de beneficios públicos como Nevada Health Link no han cambiado. Si un individuo o familia está recibiendo subsidios o créditos de impuestos en un plan de intercambio, los subsidios no están incluidos en la norma final.
  • Subsidio de bajos ingresos de la Parte D de Medicare.
  • Children’s Health Insurance Program (CHIP), Nevada Check-Up.
  • Subsidios de la Ley del Cuidado de Salud Asequible, Nevada Health Link
    Programas de recompensas financiados localmente o por el estado.

¿Quién podría verse afectado en Nevada?

  • Individuos que buscan ingresar legalmente a los Estados Unidos.
  • Individuos que se encuentran legalmente en los EE. UU. y buscan convertirse en residentes permanentes legales/obtener permiso de residencia.
  • Individuos legalmente en los EE. UU. que buscan extender una visa actual.
  • Individuos legalmente en los EE. UU. que buscan cambiar su tipo de visado.
  • Aplicantes o beneficiarios de cualquiera de la lista ampliada de beneficios no monetizados sujetos a la carga pública.
  • Inmigrantes que no están sujetos a la norma, pero que se dan de baja de los beneficios debido a confusión, miedo o información errónea.
  • Cualquier persona que busque el estatus de residente permanente legal a través de una petición familiar.

La Norma de Carga Pública NO se aplica a:

  • Titulares de permiso de residencia que renuevan estas o solicitan la ciudadanía, a menos que salgan del país por más de 6 meses y/o con ciertas condenas penales, y busquen volver reingresar a este.
  • Grupos de extranjeros que el Congreso específicamente eximió del motivo de inadmisibilidad de la carga pública, como refugiados, asilados, ciertos cubanos, haitianos, centroamericanos, afganos e iraquíes con visas especiales de inmigrantes, y víctimas de trata de no inmigrantes o de delitos.
  • Individuos que aplican bajo la Ley de Violencia contra la Mujer, y Jóvenes Inmigrantes Especiales. Además, la regla excluye la consideración de los beneficios recibidos por ciudadanos Estadounidenses hijos de extranjeros que buscan la ciudadanía bajo la sección 320 y 322 de la INA, y por miembros extranjeros del servicio de las Fuerzas Armadas de los EE. UU. Lea más de USCIS aquí.

Información de Contacto (Hablamos Español)

Línea de servicio de asistencia al cliente:
1-800-547-2927 (TTY 711)

Horario: de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 5:00 p. m. PST

Correo electrónico: CustomerServiceNVHL@exchange.nv.gov

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